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Mi certidumbre de la incertidumbre, o analizando el Registro Electoral Ecuatoriano

 
25 diciembre 2016

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Sobre el Registro Electoral de Ecuador 

Según el Código de la Democracia

Registro y padrones electorales Art. 78.- 

El registro electoral es el listado de personas mayores de dieciséis años, habilitadas para votar en cada elección, es elaborado por el Consejo Nacional Electoral con base en la información que obligatoriamente remitirá el Registro Civil o la entidad encargada de la administración del registro de las personas; se complementará con la inscripción que voluntariamente realicen las y los extranjeros residentes en el país, mayores de dieciséis años para poder ejercer su derecho al sufragio. El Consejo Nacional Electoral será el responsable de organizar y elaborar el registro electoral de los ecuatorianos domiciliados en el exterior, en coordinación con los organismos pertinentes. Los padrones electorales constituyen el segmento del registro nacional electoral utilizado para cada junta receptora del voto; el Consejo Nacional determinará el número de electores que constará en cada padrón electoral. Los padrones se ordenarán alfabéticamente de acuerdo a los apellidos y nombres.

Puede bajar el Código de la Democracia haciendo clic aquí.


PARTE A
1.
Comparando la población total contra los registros electorales de países de América.

1. ¿Y cuál es mi punto de partida?

En Venezuela


Demografía electoral

Población: 30.825.782
Registro electoral: 19.504.106

El registro electoral es el 63.27% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 36.73%

En Ecuador



Demografía electoral

Población: 16.613.313
Registro electoral: 12.816.698

El registro electoral es el 77.15% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 22.85%

¿Y de dónde sale el dato de 16.613.313 habitantes para Ecuador/2017?

De la página http://sni.gob.ec/proyecciones-y-estudios-demograficos , o directamente puede bajar la hoja de Excel de proyecciones haciendo clic aquí.



La población electoral, en Ecuador, se acerca a la población total, mientras que en Venezuela se aleja.



2. Comparando con otros países

En Colombia.



Demografía electoral

Población: 48.747.632
Registro electoral: 34.899.945

El registro electoral es el 71.59% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 28.41%


En Perú




Demografía electoral

Población: 48.747.632
Registro electoral: 34.899.945

El registro electoral es el 74,32% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 25,68%

En Bolivia





Demografía electoral

Población: 10.027.254
Registro electoral: 6.502.069

El registro electoral es el 64,84% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 35.16%

En Chile


Demografía electoral

Población: 18.191.884
Registro electoral: 14.121.316

El registro electoral es el 77,62% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 22,38%


En Argentina


Demografía electoral

Población: 43.416.755

Registro electoral: 32.067.641

El registro electoral es el 73,86% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 26,14%


En Uruguay

Demografía electoral

Población: 3.334.938

Registro electoral: 2.620.791

El registro electoral es el 78,35% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 21,65%


En Brasil


Demografía electoral

Población: 202.777.000
Registro electoral: 115.122.511

El registro electoral es el 56,77de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 43,23%.


En Panamá


Demografía electoral

Población: 3.706.596
Registro electoral: 2.457.401

El registro electoral es el 66,30de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 33,70%.


En Costa Rica


Demografía electoral

Población: 3.051.386
Registro electoral: 2.099.219

El registro electoral es el 68,80de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 31,20%.

En Nicaragua


Demografía electoral

Población: 6.188.087
Registro electoral: 3.800.000

El registro electoral es el 61,41% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 38,59%.


En El Salvador



Demografía electoral

Población: 6.328.196
Registro electoral: 4.955.107

El registro electoral es el 78,30% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 21,70%.


En Honduras


Demografía electoral

Población: 8.296.693
Registro electoral: 5.355.112

El registro electoral es el 64,55% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 35,45%.


Guatemala 


Demografía electoral

Población: 16.176.133

Registro electoral: 7.556.873

El registro electoral es el 46,72% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 53,28%.

EEUU


Demografía electoral

Población: 324.289.210
Registro electoral: 231.556.622

El registro electoral es el 71,40% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 28,60%.


Cuba



Demografía electoral

Población: 11.362.505
Registro electoral: 7.877.906

El registro electoral es el 69,33% de la población. La diferencia entre Población y Registro Electoral es de 30,67%.


Todo en un cuadrito


Donde la media simple es 68,51% 

2.
Cómo se distribuye , en Ecuador, la población por edad de acuerdo a las proyecciones del INEC en el 2016?

1. Según el INEC el total de la población estimada es 16.528.730 con la distribución siguiente:




3.
Cómo se distribuye , en Ecuador, el registro electoral por edad de acuerdo a las proyecciones del INEC en el 2016

1. Según el INEC el total del registro electoral estimad0 es 11.200.539 con la distribución siguiente:



El porcentaje de electores jóvenes (hasta 24 años) es 23,82%, mientras que el porcentaje hasta 30 años es 37,79%

4.
¿De acuerdo a las estimaciones poblacionales y del registro electoral del INEC, cuál es la relación (registro electoral/población)?

Respuesta: 11.200.539/16.528.730 = 67,76%, por cierto cercano a la media -68,51%- de diecisiete países de América.

5.
¿El registro electoral del CNE consta de cuántas personas habilitadas para votar?

Respuesta: 12.816.698.

6.
¿Cuál es la diferencia entre el estimado electoral del INEC y del CNE?

Respuesta: 12.816.69811.200.539 = 1.616.159lo que significa 14,4293% por encima. Proyectando la población estimada electoral por el INEC se tendría la siguiente proyección electoral segmentada.



7.
¿Qué informa el CNE?







PARTE B
1.
¿Hice alguna denuncia previa, relativa a algún proceso del CNE?

Sí, en la aplicación colgada por el CNE, a fin de que cada ciudadano pueda verificar en qué organización estaba o lo habían inscrito, se podían cometer 100.425.771 errores (más de 100 millones de errores!!!)

Toda la denuncia en mi blog.

PREGUNTA 1: ¿Logré algo?
No sé si corrigieron el error en la aplicación, pero sí la descolgaron de la WEB del CNE, tal que no puedo verificar "on line" si sigo inscrito en el ARE de Loja, tareíta que algunito hizo por mí. A la inscripción me refiero.

PREGUNTA 2: ¿Y cuál es la relación con este trabajo?
La cédula en Ecuador tiene como base un modelo matemático que permite determinar el último dígito. Por ejemplo no hay cédula 110029345x con x distinto de 3. 



Un ejemplo práctico:

Determinar si el primer cedulado en Guayas está vivo y habilitado para votar.

Solución
Primero 

Conseguir el prefijo de dos dígitos que corresponde a la provincia de Guayas


Puede ver un video relativo haciendo clic aquí. Segundo
Obtener los nueve primeros dígitos de la cédula: 

09-0000001

Tercero
Obtener el décimo dígito de acuerdo al algoritmo explicado en la página principal de mi blog.

09-00000019

Cuarto 
Ingresar a la página https://servicios.registrocivil.gob.ec/cdd/ para obtener nombres y apellidos completos, que a la vez son requisitos para ingresar en la página www.cne.gob.ec


Quinto 
Con los datos obtenidos ingresar a la página del CNE


Vivito y habilitado para votar!!!

Otro ejemplo práctico:

Determinar si el segundo cedulado en Guayas está vivo y habilitado para votar.

Solución...

09-0000002x

2.
¿Cuáles son las conclusiones con base a los ejercicios anteriores?

PRIMERO
Debido a que en la pantalla de búsqueda exitosa en el Registro Civil no se muestra la fecha de nacimiento del ciudadano, no se puede coadyuvar en la auditoría al Registro Electoral tomando como base la edad. Que la web del Registro Civil ponga la fecha de nacimiento del ciudadano es fundamental para el cálculo de edades. Poner la fecha de nacimiento (como lo hacen muchos registros del mundo) estimo no es más grave como publicitar que un ciudadano es "analfabeta".


SEGUNDO
Para verificar datos y  en la página web del Registro Civil - y luego exportarla al página del CNE-, se requiere:
1. 
Cédula, que no siempre es fácil conseguirla.
  o
2. 
Primer apellido, segundo apellido, primer nombre y fecha de nacimiento, no siempre son fáciles de conseguir. Como no se aceptan espacios en blanco puede escribir "Da Costa" como "DaCosta".

Puede comprobarlo haciendo clic aquí.


TERCERO
Lo más difícil es con la página del CNE. Para conocer si está o no habilitado se requiere conocer:
  • Cédula
  • Primer Nombre
  • Segundo Nombre
  • Primer apellido no siempre fáciles de obtener
No siempre fáciles de obtener. Puede comprobarlo haciendo clic aquí.
 
PARTE C
1.
Auditando, con cédula, aunque sea a pico y pala, a los primeros cedulados de cada una de las provincias.



PARTE D
1. 
Auditando, con cédula, aunque sea a pico y pala, a los primeros cedulados de la Provincia Loja

Primer cedulado en Loja


No empadronado en el CNE.





Segundo cedulado en Loja



No empadronado en el CNE.




Tercer cedulado en Loja



Empadronado en el CNE.




Observación: ¿Qué pasaría para el caso de dos personas con igual nombre?


Cuarto cedulado en Loja


No empadronado en el CNE.



Quinto cedulado en Loja



No empadronado en el CNE.



Sexto cedulado en Loja



No empadronado en el CNE.



Séptimo cedulado en Loja



No empadronado en el CNE.



Octavo cedulado en Loja




No empadronado en el CNE.



Otros casos


*** Cédula Nº 11


***Cédula Nº 12

*** Cédula Nº 14

*** Cédula Nº 20



*** Cédula Nº 21


*** Cédula Nº 22


*** Cédula Nº 23


2. 
Auditando, con cédula, aunque sea a pico y pala, a los primeros cedulados con prefijo "30", o sea en los consulados

La Dirección General de  Registro Civil, Identificación y Cedulación en cumplimiento de lo dictado por el artículo 66 numeral 28 de la Constitución de la República del Ecuador, donde se reconoce y garantiza “… el derecho a la identidad personal y colectiva, que incluye tener nombre y apellido, debidamente registrados y libremente escogidos; y conservar, desarrollar y fortalecer las características materiales e inmateriales de la identidad, tales como la nacionalidad…”  y  en base a la  Resolución del Registro Civil 140 publicada en el Registro Oficial No. 681, con fecha 12 de abril de 2012, resuelve en su artículo 1: “Disponer la creación del código inicial No. 30 (TREINTA) “Exterior”, para ser utilizado por los consulados ecuatorianos, en la inscripción de nacimiento al asignar el número de cédula definitiva de identificación de las ecuatorianas y los ecuatorianos nacidos en el exterior…”.
El procedimiento inicia cuando un ecuatoriano sin número de cédula asignado, solicita a la embajada o consulado de Ecuador la emisión de su pasaporte ordinario o que se realice su inscripción de nacimiento. Los representantes consulares realizan la petición formal de otorgar un número cédula definitivo a Registro Civil del Ecuador o realizan la inscripción de nacimiento, de ser el caso donde automáticamente se le asigna el número 30. Registro Civil, posterior a una comprobación de nombres, apellidos, y procedencia del solicitante en relación a la inscripción de nacimiento asigna un número de cédula definitivo cuya serie inicia con el número 30. El solicitante una vez que se encuentre en Ecuador, de requerir la cédula, deberá acercarse a una oficina de Registro Civil donde se le entregará su documento de identidad con esta serie numeral. Es decir, el número inicial 30 distingue a los ecuatorianos que inscriban su nacimiento en el exterior.
Este número al igual que la series del 01 al 24 son válidos y deben ser reconocidos por todas las instituciones públicas y privadas donde los usuarios presenten su pasaporte o documento de identidad.
Acorde a la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación, la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación es la entidad rectora para la identificación, cedulación,  celebración de matrimonios, e inscripción de los hechos y actos relativos al estado civil de las personas residentes en el territorio de la República y de los ecuatorianos residentes en el exterior. El Registro Civil tiene como finalidad específica organizar las inscripciones de nacimiento, y posteriormente otorgar las cédulas de identidad y ciudadanía; razón por la cual, es necesario que sea de pública aplicación lo establecido en la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación:
La Dirección General de Registro Civil realiza la emisión de documentos de identidad o identidad y ciudadanía en base a la asignación de números de cédula  de acuerdo a distintas series que corresponden a varias regiones distribuidas de la siguiente manera:
1. Artículo 98 “Datos de las cédulas.- La cédula de identidad y la identidad y ciudadanía son documentos públicos que tienen por objeto comprobar la identidad de una persona residente en el territorio de la República…”;
2.Artículo 104 y 106  “Objetivo.- La cédula de identidad tiene por objeto identificar a los ecuatorianos que no se encuentren en goce de los derechos políticos y a los extranjeros admitidos en calidad de residentes… Esta cédula, será, además, el documento idóneo para ejercer el derecho de sufragio…”;
3. Artículo 112  “Número base para sistemas de computación.-  Los organismos y empresas que procesan datos mediante el sistema de computación electrónica, deben tomar como base el número de la cédula de identidad, o de identidad y ciudadanía para el caso de las personas naturales, y el número de identificación fiscal para el caso de las personas jurídicas. El número correspondiente deberá constar en todos los formularios que utilicen para dicho procesamiento”.
4. Con estos antecedentes, es preciso que se den como válidas las cédulas o documentos de identidad con los seriales antes referidos, estos seriales se encuentran dentro de los parámetros enmarcados en Ley. Adicional se aclara que existe el dígito 50 el cual hace referencia a números provisionales que se otorgaban antes del año 2010. Los portadores de este número serial deberán acercarse a las oficinas de Registro Civil o solicitar mediante un consulado del Ecuador en el exterior obtener su número de cédula definitivo enmarcado en los rangos antes mencionados.
Diez primeras de la serie, no encontradas.

3000000012
3000000020
3000000038
3000000046

3000000053
3000000061
3000000079
3000000087
3000000095
3000000103

3. 
Auditando, con cédula, aunque sea a pico y pala, a los primeros cedulados con prefijo "50", o sea los temporales

Cinco primeras de la serie, no encontradas.

5000000012
5000000025
5000000033
5000000041
5000000058


4. 
Auditando, por derechos ciudadanos, aunque sea a pico y pala

¿Quienes pueden votar en Ecuador?

Según la Constitución quienes están en goce de sus derechos políticos




Derecho político
Derecho Constitucional
Derecho fundamental de participación política; por el ejemplo el derecho de sufragio, el de reunión, etc.

Interdicción
Privación de derechos civiles definida por la ley

Sentencia ejecutoriada
Es la autoridad y eficacia de una sentencia judicial cuando no existen contra ella medios de impugnación que permitan modificarla.


La parte gruesa de mi denuncia 

Primero

Muchos (o muchísimos) ciudadanos que están cumpliendo sentencia ejecutoriada constan en el Registro Electoral de Ecuador.

Entendiendo que los compatriotas que cumplen sus sentencia tienen suficientes problemas, yo no voy a aumentarlas colocando una lista con sus datos personales, pero voy a colocar un solo caso que fue mediático en Ecuador: El caso de Sharon Hechizada.



El ciudadano Geovanny Fidel López Tello titular de la cédula 0104224928 fue condenado a una pena privativa de libertad de 26 años, sentencia que fue ratificada por  los jueces de la Corte de Justicia de Santa Elena el 7 de enero de 2016.

En la consulta a la página oficial del Registro Civil del Ecuador muestra, para el ciudadano López Tello, una condición que no le corresponde.



En la consulta a la página oficial del CNE, el ciudadano aparece habilitado para votar en Azuay.


Tengo los suficientes datos para confirmar si mi denuncia ha sido atendida.

¿Y qué me dijeron en el Registro Civil?
Que todo está centralizado en Quito y que todo era por esas lejanas tierras, y que para conocer la edad del primer ciudadano cedulado, en la provincia de Guayas, CACAO FLORES SEBASTIAN APARICIO titular de la cédula de identidad 0900000019, se tenía que elaborar un oficio para la gente de "arriba" o sea Quito. En esas condiciones una auditoría es imposible.



¿Y qué me dijeron en el Consejo Nacional Electoral?

Que solo están los condenados con sentencia ejecutoriada después del  cierre del padrón electoral que se efectuó en septiembre del 2016, estaban en el Registro Electoral y que ellos lo sabían porque el cónyuge de uno de los empleados era abogado y que por más que (yo) busque no iba a encontrar ni una fallita. Para darme tranquilidad me invitaron a un evento que llaman de "simulacro" para que haga las preguntas que crea conveniente sobre estas dudas. Estuve esperando cumplan la invitación por más de 40 minutos aunque previamente ya me habían advertido que era un proceso para escaneo de unas poquitas actas y que nada que ver con el padrón electoral.

Algunos ejemplos 
0922851092 (Condena por asesinato)
0920775921 (Condena por asesinato)

0921676029 (Condena por asesinato)
1919969469 (Cómplice del anterior. En la documentación aparece una cédula inexistente)

12064423xx (Asesinato en Los Ríos)
11043076xx (Condenado por calumnia emitida por el FaceBook)

Algo muy pero muy importante, relativo a ciudadanos con sentencia ejecutoriada

El Pleno del CNE el 01 de noviembre de 2016 resuelve:





¿Y qué pasó con luego?

No dieron cumplimiento a la resolución. A continuación puede comprobarse que -los tres primeros-  están habilitados para votar.




No  cumplieron con la resolución del Pleno

También resolvieron en el Pleno


En el Registro Civil tienen sus derechos civiles incólumes.






Y muchos más. No  cumplieron con la resolución del Pleno

Puede bajar la resolución haciendo  clic aquí

Le hice algún reclamo al señor Juan Pablo Pozo Bahamonde Presidente del CNE?

Sí. Le envié una carta cuya primera y última parte muestro a continuación:





Segundo
Pero también hay personas fallecidas que constan en el Registro Electoral.

Caso 1:

Pero consta como habilitada para votar 






Qué dice el titular del CNE?


En este caso nada tiene que ver el Registro Electoral, ya que es el CNE quien la habilita para votar. 

Y en su informe qué expresa el informe de la OEA, luego de las elecciones del 19 de febrero de 2017?



Dice algo incomprensible


Caso 2:





Qué dice el titular del CNE?



En este caso nada tiene que ver el Registro Electoral, ya que es el CNE quien la habilita para votar. 



Y en su informe qué expresa el informe de la OEA, luego de las elecciones del 19 de febrero de 2017?



Dice algo incomprensible


Caso 3





Caso 4



Caso 5




Caso 6





Tercero 
Denuncia de Néstor Marroquín

Néstor Marroquín, quien fue auditor electoral y el año pasado denunció que ciudadanos fallecidos constan habilitados para sufragar, dijo ayer a El Diario que “hay inconsistencia electoral en 5.097 juntas receptoras a nivel nacional y en las elecciones del 19 de febrero habrá delegados atentos a que nadie vote por ellos”.
El problema “es que el padrón electoral no ha sido actualizado y es responsabilidad del Registro Civil aceptar que tiene un error”, acotó.
Marroquín dijo que el Registro Civil debe hacer una campaña nacional para que los familiares de los fallecidos denuncien si todavía constan en el padrón para que den de baja estos datos.
En lo que respecta al Consejo Nacional Electoral, “como se ha demostrado que la información no ha sido depurada, debería sancionar con destitución al director del Registro Civil, como lo establece el Código de la Democracia”. Marroquín dijo en octubre del año pasado, como publicó diario El Comercio, que hay extranjeros que constan “como ciudadanos nacidos en Ecuador”, 11.867 personas que “tienen dos o más números de cédula de ciudadanía y que constaban habilitados para ejercer dos o más veces el voto” y que en el registro electoral faltan 519.468 firmas.
Puede leer el artículo completo haciendo clic aquí.
Cuarto 
¿Y qué manifiesta el CNE?

"El ente electoral ecuatoriano trabaja junto al Registro Civil de ese país y los distintos partidos políticos en las auditorías y actualización del padrón electoral para realizar las elecciones generales del próximo 19 de febrero.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador ratificó el sábado que la base del Registro Electoral tiene una actualización técnica garantizada, a propósito de las denuncias realizadas a través de las redes sociales por supuestas inconsistencias en el Padrón Electoral de ese país suramericano.
El CNE precisó que la información contenida en el documento publicado fue proporcionada por el Registro Civil de Ecuador, según determina la ley.
En un boletín de prensa, el ente electoral señala que ese órgano emprendió la actualización del Registro Electoral del 7 al 21 de septiembre del 2016 y en ese período solo se presentaron 99 reclamos. “Todos estos fueron procesados y corregidos”, resalta.
El boletín agrega que el 2 de octubre de 2016 se realizó el cierre técnico del Registro Electoral y el 4 de octubre, el pleno del CNE lo aprobó, en un proceso que contó con la participación de observadores internacionales.
La máxima autoridad electoral ecuatoriana aseguró que trabaja para que los próximos comicios del 19 de febrero se desarrollen de forma confiable y transparente, y en ese orden están dispuestas todas las medidas “para garantizar que sufraguen las personas que, estando debidamente habilitadas, se acerquen a las juntas receptoras del voto y ejerzan su derecho”.
“Cabe recalcar que el CNE en conjunto con las organizaciones políticas, realizaron auditorías al proceso de actualización del Registro Electoral. Incluso, está previsto que luego de realizarse los comicios, habrá una nueva auditoría para garantizar que los votos registrados en cada junta, correspondan a los ciudadanos”, concluye el informe de prensa.

El presidente del CNE, Juan Pablo Pozo, indicó a través de su cuenta en la red social Twitter que todo caso con presunta inconsistencia se remita por escrito al Registro Civil para que informe de cada uno de ellos."

Todo el artículo haciendo clic aquí.

PARTE E

El Registro Electoral de Ecuador tiene norma ISO?






¿En qué se basa la norma ISO TS17582

Enfoque basado en procesos
"Esta Norma Internacional promueve la adopción de un enfoque basado en procesos cuando se desarrolla, implementa y mejora la eficacia de un sistema de gestión de la calidad, para aumentar la satisfacción del cliente mediante el cumplimiento de sus requisitos.
Para que una organización funcione de manera eficaz, tiene que determinar y gestionar numerosas actividades relacionadas entre sí. Una actividad o un conjunto de actividades que utiliza recursos, y que se gestiona con el fin de permitir que los elementos de entrada se transformen en resultados, se puede considerar como un proceso. Frecuentemente el resultado de un proceso constituye directamente el elemento de entrada del siguiente proceso.
La aplicación de un sistema de procesos dentro de la organización, junto con la identificación e interacciones de estos procesos, así como su gestión para producir el resultado deseado, puede denominarse como "enfoque basado en procesos".
Una ventaja del enfoque basado en procesos es el control continuo que proporciona sobre los vínculos entre los procesos individuales dentro del sistema de procesos, así como sobre su combinación e interacción."
Observación:
Esta norma se basa en procesos dinámicos con capacidad de mejoramiento continuo, donde el cliente (en este caso el ciudadano) puede mostrar su grado de satisfacción/insatisfacción y dada la pertinencia de la observación el sistema debe ponerse en movimiento para lograr la satisfacción. La primera falla es que el Registro Electoral lego de su cierre se convierte en una caja negra impenetrable y no permite cambios, contraviniendo la norma.

Toda la teoría haciendo clic aquí


PARTE F

Curiosidades

No he logrado conseguir las cédulas de:
  • Matilde Hidalgo Navarro o Matilde Hidalgo de Procel 
  • Alberto Spencer

Otras

  • En Chile un error que afectó a casi ocho millones de electores. Ver la historia completa haciendo clic aquí.
  • La última cédula, hasta el 08/01/2016, de Guayas es 0944407394, si las emisiones son estrictamente secuenciales.

PARTE G

Correspondencia enviada y recibida

PRIMERO
09/01/2017

Carta enviada al señor Juan Pablo Pozo Bahamonde Presidente del CNE





SEGUNDO


PARTE H

¿Y la prensa?

1. El Comercio
El artículo puede leerlo haciendo clic aquí.

2. Entrevista en SRRADIO.
La entrevista completa puede verla haciendo aquí.

PARTE I

¿Y las redes sociales?

1. 
La primera denuncia que puede ver haciendo clic aquí


PARTE J

Análisis del informe de la OEA 

Primero espero que me lo entreguen en el CNE de Loja.


PARTE K

Y para terminar



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